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Paradas de tráfico y derechos constitucionales


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Paradas de tráfico y derechos constitucionales

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Tracker el 26 de abril del 2021: "Cómo interpretar mejor una parada de tráfico."

 

Este post tiene como propósito mejorar la interacción y la interpretación en cuanto al relacionamiento entre agencias de la ley - ciudadanía se refiere, particular, pero no exclusivamente, en las detenciones de tráfico. Lo que se discute acá, fácilmente puede extrapolarse a cualquier encuentro entre ambos actores. Lo siguiente busca dar la opción de enriquecer las posibilidades de los personajes al encontrarse en este tipo de situaciones, y dejar un poco la monotonía de ser siempre complacientes con la autoridad.

I. GLOSARIO

  • CAUSA PROBABLE: Significa que una persona tenga razones para creer que un crimen estuvo en proceso de ser cometido, ha sido cometido o va a ser cometido. Un oficial de policía debe tener una razón sólida, imparcial y basada en hechos para creer que se ha cometido un delito o que cierta propiedad está relacionada con un delito.
  • SOSPECHA RAZONABLE: Según la Suprema Corte, significa "una suerte de conclusión basada en el sentido común acerca del comportamiento humano en el que la gente puede confiar". Además, requiere hechos o circunstancias que den más que una vaga, imaginaria, o puramente conjetural sospecha. Un oficial de policía debe tener una sospecha clara, específica e imparcial para creer que un crimen estuvo en proceso de ser cometido, ha sido cometido o va a ser cometido. Deben poder señalar factores específicos y objetivos que muestren la base de sus sospechas, no solo que parezcas sospechoso.
  • ARRESTO: El uso de autoridad legal para privar a una persona de su libertad de movimiento. Un arresto requiere la puesta en custodia de alguien, en contra de su voluntad, en aras de acusar o interrogar. Implica que se debe tener necesariamente una causa probable o una orden judicial emitida por un juez competente.
  • DETENCIÓN: Mantener una persona bajo custodia, normalmente por un específico periodo de tiempo. Esto solo es posible cuando existe una sospecha razonable de que el individuo está armado, envuelto en, o a punto de estar en vuelto en una conducta criminal. La detención no necesariamente requiere esposas. El ciudadano detenido no es formalmente acusado de un crimen pero no puede retirarse del lugar libremente.
  • CONSENTIMIENTO: Implica el acto de aceptar o dar permiso a otra persona u oficial de paz para realizar algún procedimiento, siempre que no exista una causa probable o sospecha razonable para realizarlo por sus propias facultades. En esta categoría entra el encuentro consensuado que es toda aquella interacción entre un oficial y un ciudadano en donde este, razonablemente, se siente libre para finalizar el encuentro y retirarse. (Los oficiales suelen actuar como si detuvieran legalmente a alguien, pero en cuanto se les pregunta "¿estoy siendo detenido o soy libre de irme?", responden algo como: "Hey, tranquilo, solo estamos charlando" para de esa manera alargar el "interrogatorio")

II. PREGUNTAS FRECUENTES

¿Cuáles son mis derechos constitucionales?

Citaré las enmiendas más importantes o aquellas que más pueden dar juego en el roleplay actual.

  • PRIMERA ENMIENDA: El Congreso no podrá hacer ninguna ley con respecto al establecimiento de la religión, ni prohibiendo la libre práctica de la misma; ni limitando la libertad de expresión, ni de prensa; ni el derecho a la asamblea pacífica de las personas, ni de solicitar al gobierno una compensación de agravios.
  • SEGUNDA ENMIENDA: Siendo necesaria una milicia bien organizada para la seguridad de un Estado libre, el derecho del Pueblo a poseer y portar armas no será infringido.
  • TERCERA ENMIENDA: Ningún militar será, en tiempo de paz alojado en casa alguna, sin el consentimiento del propietario, ni tampoco en tiempo de guerra, como no sea en la forma que prescriba la ley.
  • CUARTA ENMIENDA: El derecho de los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles y efectos se hallen a salvo de pesquisas y aprehensiones arbitrarias, será inviolable, y no se expedirán al efecto mandamientos que no se apoyen en un motivo verosímil, estén corroborados mediante juramento o protesta y describan con particularidad el lugar que deba ser registrado y las personas o cosas que han de ser detenidas o embargadas.
  • QUINTA ENMIENDA: Ninguna persona estará obligada a responder de un delito castigado con la pena capital, o con cualquier otra pena, salvo en la presencia o acusación de un Gran Jurado, a excepción de los casos que se presenten en las fuerzas de mar o tierra o en la milicia, cuando se encuentre en servicio activo en tiempo de guerra o peligro público; ni ninguna persona estará sujeta, por la misma ofensa, a ser puesta dos veces en peligro de perder la vida o la integridad física; ni se le forzará a declarar contra sí misma en ningún juicio criminal; ni se le privará de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni se ocupará su propiedad privada para uso público sin una justa indemnización.
  • SEXTA ENMIENDA: En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho de ser juzgado pública y expeditamente, por un jurado imparcial del Estado y distrito en que el delito se haya cometido, distrito que habrá sido determinado previamente por la ley; así como de ser informado sobre la naturaleza y causa de la acusación; que se le caree con los testigos en su contra; que se obligue a comparecer a los testigos en su favor y de contar con la ayuda de Asesoría Legal para su defensa.

 

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Liggio:

Se acompañan de forma abreviada fallos judiciales elementales dictados Out of Character en EE.UU que tendrán aplicación en caso de ser invocados In Character. Aquellos que no estén comprendidos aquí igualmente podrán ser aplicados ante su invocación dentro del juego si el juez en cuestión así lo dispone.

Marbury contra Madison: Establece que el tribunal tiene la facultad de realizar una revisión judicial de todas las leyes y acciones legales para la constitucionalidad federal y estatal, en relación con estas leyes a las que se hace referencia y todas las leyes aprobadas por la legislatura estatal.

Ley de derechos civiles de 1960 y su posterior legislación asociada: Establece el precedente de un concepto sobre los derechos civiles, el Título IX, la discriminación, los derechos civiles, etc. La noción de que las empresas pueden negar el servicio basándose en dicha discriminación es ilegal.

Mapp contra Ohio: Establece que las pruebas recogidas ilegalmente, sin causa probable, sin permiso o sin una orden judicial no pueden ser utilizadas en un tribunal de justicia.

Miranda contra Arizona: Establece que el privilegio de la Quinta Enmienda contra la autoincriminación requiere que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley asesoren a un sospechoso interrogado en custodia sobre sus derechos a permanecer en silencio y a obtener un abogado.

Terry contra Ohio: Establece que no es una violación de registro e incautación irrazonable cuando un oficial de la ley detiene y cachea a un sospechoso sin causa probable de arresto. Sin embargo, el oficial DEBE tener una sospecha razonable de que el sujeto tiene, está o está a punto de cometer un crimen. El oficial debe tener una razón para creer que el sujeto está armado y es peligroso.

Tennessee contra Garner: El Tribunal estableció que no se puede utilizar esa fuerza (fuerza mortal) a menos que sea necesaria para impedir la fuga y el oficial tenga una causa probable para creer que el sospechoso representa una amenaza significativa de muerte o de lesiones físicas graves para el oficial u otras personas.

Whren contra Estados Unidos: Establece que cualquier infracción de tráfico cometida por un conductor es una base legal legítima para detener a ese individuo en una parada de tráfico.

Prado Navarette contra California: Establece el precedente de que una detención basada en un aviso anónimo confiable no viola la Cuarta Enmienda.

Illinois contra Caballes: Establece que una olfateada de perro realizada durante una parada de tráfico lícita que no revela ninguna información más que la ubicación de una sustancia que ningún individuo tiene derecho a poseer no viola la Cuarta Enmienda.

Rodríguez contra Estados Unidos: Establece que en ausencia de una sospecha razonable, los oficiales no pueden extender la duración de una parada de tráfico para llevar a cabo una olfateada de perro, pero pueden llamar a una unidad K9 si la unidad llega antes de que se termine la parada de tráfico.

Estados Unidos contra Place: Establece que la olfateada de un perro policía especialmente entrenado para detectar la presencia de narcóticos o armas de fuego no es un "registro" en el sentido de la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, porque la olfateada de un perro es sui generis, destinada a revelar sólo la presencia o ausencia de narcóticos o armas de fuego.

Gideon contra Wainwright: Establece que el Departamento de Justicia debe proporcionar de alguna forma asesoría legal gratuita a cualquiera que desee presentar una demanda penal para disputar un arresto.

Heien contra Carolina del Norte: Establece que un oficial de policía que detiene un auto basado en un razonable aunque equivocado entendimiento de la ley no viola la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos

Pennsylvania contra Mimms: Establece que un oficial de policía puede ordenar a un individuo que salga de su coche después de una parada de tráfico y puede posteriormente realizar una cacheo para comprobar si hay armas.

La Policía Estatal de Michigan contra Sitz: Estableció que el impacto de los puntos de control en los conductores, como el hecho de retrasarles la llegada a su destino o comprobar su identificación, era insignificante, y que el breve interrogatorio para obtener una "sospecha razonable" de una violación de la ley de carreteras tenía igualmente un impacto insignificante en el derecho de los conductores a la Cuarta Enmienda por un registro irrazonable, y por lo tanto era constitucional.

Kastigar contra Estados Unidos: Estableció que el gobierno puede obligar el testimonio de un testigo no dispuesto que invoca el privilegio de la Quinta Enmienda contra la autoincriminación obligatoria, confiriendo inmunidad contra el uso del testimonio obligado y la evidencia derivada del mismo en procedimientos penales posteriores.

Garrity contra Nueva Jersey: Estableció que cuando los agentes de policía que estaban siendo investigados podían elegir entre incriminarse a sí mismos o renunciar a su trabajo en virtud de la legislación de Nueva Jersey por motivos de autoincriminación, y los agentes elegían hacer confesiones, éstas no eran voluntarias sino coercitivas, y la Decimocuarta Enmienda prohibía su uso en posteriores procesos penales en los tribunales estatales.

Glik contra Cunniffe: Establece que un ciudadano tiene derecho a filmar a los funcionarios públicos en un lugar público; el derecho del público a acceder a la información es coextensivo al de la prensa.

New York Times contra Sullivan: Establece que una publicación que critique a una figura pública debe demostrar "malicia" o "intención maliciosa" o declaraciones falsas para ser culpable de difamación. Una publicación tiene derecho a criticar y exponer asuntos públicos o privados en la vida de una figura pública. Cualquier persona que sea un funcionario de alto rango en una agencia estatal o una oficina gubernamental es considerada una figura pública.

Peruta contra el Condado de San Diego (CA-9): Establece que la licencia de "puede emitir" es permisible según la 2ª enmienda, y que un gobierno estatal puede negar una licencia de armas de fuego por no cumplir los criterios específicos establecidos por dicho estado, o sus condados y municipios.

Graham contra Connor: Establece que se debe aplicar una norma de razonabilidad objetiva a la afirmación de un ciudadano libre de que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley utilizaron una fuerza excesiva en el curso de un arresto, una detención de investigación u otra "incautación" de su persona

Berghuis contra Thompkins: Establece que el silencio del sospechoso durante el interrogatorio no invoca su derecho a guardar silencio en el caso Miranda contra Arizona. La invocación de ese derecho debe ser inequívoca, y el silencio no es suficiente para invocarlo. Responder voluntariamente y a sabiendas al interrogatorio policial después de guardar silencio constituye una renuncia al derecho a guardar silencio, siempre que se haya dado una advertencia de Miranda y que el sospechoso la haya comprendido.

Kentucky contra King: Establece que se permiten los registros sin orden judicial en circunstancias extremas como la inminencia de una amenaza a la vida (persona herida, sonidos de violencia, armas) o la inminencia de una amenaza a la preservación de las pruebas (destrucción de documentos mientras se espera una orden judicial). Siempre se requiere un golpe y una notificación de las fuerzas del orden antes de entrar.

Brendlin contra California: Establece que los pasajeros de automóviles son "incautados" en el sentido de la Cuarta Enmienda cuando el automóvil en el que viajan es retenido en una parada de tráfico de la policía.

Créditos por el sumario jurisprudencial: MoralesLSRP (ls-rp.com).

 

¿Cómo sé que estoy siendo detenido por la policía?

En una detención vehicular, la patrulla encenderá sus sirenas y/o usará el megáfono para darte instrucciones a seguir ya sean la de estacionar inmediatamente, o la de hacerlo en algún punto específico que garantice la seguridad del procedimiento para ambos actores.

Las detenciones a pie también se pueden realizar sin necesidad de que el oficial lo informe explícitamente. Sin embargo preguntar "¿estoy siendo detenido?" seguido de un "¿cuál es tu sospecha razonable?" es una buena forma para cuestionar el procedimiento.


¿Cuándo es legal una parada de tráfico?

Un oficial de policía puede realizar una parada de tráfico cuando, entre otras razones, tienes la matrícula expirada (registro), está mal posicionada al vehículo o no está visible; hay un faro, intermitente, luz trasera o luz de freno que no funcione; un objeto en el parabrisas o en los espejos está obstruyendo la visión; conducción temeraria, alta velocidad o cualquier infracción a la ley de tráfico; o en otras palabras cuando el oficial tiene una causa probable sobre una violación a la ley.
En cualquier caso, la Suprema Corte de los Estados Unidos tomó la decisión, en el caso Heien v. North Carolina, de que “Un oficial de policía que detiene un vehículo basado en un razonable, aunque erróneo entendimiento de la ley, no viola la cuarta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos”


¿Qué tengo que hacer, por ley, en una parada de tráfico?

Inicialmente el conductor debe apagar el vehículo y mantenerse dentro del vehículo siempre. Así mismo debe bajar la ventanilla lo suficiente como para permitir una comunicación y entregar documentos al oficial. Este puede pedir que se baje más, sin embargo, esto no es una obligación.
Dentro del servidor, y en la mentalidad de la mayoría de personas, sigue rigiendo el uso del ‘DNI’ y las ‘licencias’. Sin embargo, en Estados Unidos, un oficial siempre podrá pedir la licencia de conducir, el registro del vehículo y la prueba del seguro. Al menos dentro de LSPD, siempre los oficiales pedirán licencias (/licencias) y registro (/mostrarpapeles), el seguro queda a discreción del oficial, y siempre se podrá interpretar tenerlo o no (no es un sistema).


¿Qué derechos tengo en una parada de tráfico?

Tienes derecho a guardar silencio y no auto incriminarte. No tienes por qué responder NINGUNA pregunta que se formule.
Tienes derecho a negarte a una revisión o registro personal o al vehículo.
Si no estás bajo arresto, tienes derecho a irte con calma.
Si estás bajo arresto, tienes derecho a pedir un abogado.
Los comandos que se pueden usar son:
No respondo preguntas (I don’t answer questions)
¿Soy libre de irme? (Am I free to go? - Usualmente en DUI CHECKPOINTS (Puntos de control para conductores bajo influencia)
No consiento registros (I don’t consent to searches)


¿Un oficial puede esposarme y revisarme durante una detención?

Ya sea una parada de tráfico o a pie, un oficial de policía puede colocarte bajo esposas aún sin ser arrestado. Esto basado en una decisión razonable sobre su propia seguridad. Por otra parte, solo es posible revisarte si te considera armado y peligroso (en términos de sospecha razonable), y dicha revisión solo puede hacerse palpando por fuera de la ropa para encontrar armas o contrabando (drogas).


¿Puedo rehusarme legalmente a identificarme?

“La Corte Suprema de los EUA ha sostenido que los llamados estatutos de "detener e identificar", que requieren que muestre una identificación a los agentes del orden cuando lo soliciten, no violan la protección de la Cuarta Enmienda contra registros e incautaciones irrazonables, siempre que el agente tenga un sospecha razonable de que la persona está involucrada en una actividad criminal. Según la ley de California, un oficial de policía no puede arrestarlo legalmente por la única razón de que no pudo o se negó a presentar una identificación a pedido de él. Si bien esto no garantiza que no sufrirá los inconvenientes de ser arrestado (los arrestos ilegales ocurren), sí significa que un arresto basado únicamente en su negativa o incapacidad para presentar su identificación no se mantendrá en la corte.”


¿Un oficial me puede pedir que salga del vehículo?

“La autoridad de un oficial para ordenar a un conductor que salga de un vehículo a discreción del oficial proviene del fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos en Pennsylvania v. Mimms, 434 U.S. 106 (1977). Tenga en cuenta que no se requiere que el oficial tenga una causa probable o incluso una sospecha razonable de otro delito antes de ordenar a los ocupantes de un vehículo que salgan del automóvil. También es importante tener en cuenta que el oficial también puede ordenar a los ocupantes de un vehículo que regresen al mismo.”

 

¿Es ilegal insultar a un oficial de policía?

La primera enmienda protege el derecho sobre la libertad de expresión, incluyendo los insultos hacia un oficial de policía. Sin embargo, en todas aquellas situaciones en que haya un discurso intencionado en que se induzca a la violencia y contra la seguridad del oficial, es factible efectuar un arresto. La Suprema de Corte de los Estados Unidos, en City of Houston v. Hill, dice que "el discurso es a menudo provocador y desafiante... Pero, sin embargo, está protegido contra la censura o el castigo, a menos que se demuestre que puede producir un peligro claro y presente de un mal sustantivo grave que se eleva muy por encima de las molestias o disturbios públicos".

 

¿Un pasajero también está detenido en una parada de tráfico?

Sí, de acuerdo con la Suprema Corte de los Estados Unidos en Brendlin v. California, “Los pasajeros de automóviles son "retenidos" en el sentido de la Cuarta Enmienda cuando el automóvil en el que viajan se detiene en una parada de tráfico de las fuerzas del orden”.

 

¿Debo identificarme si soy un pasajero en una parada de tráfico?

Ya que no se puede ser arrestado por la única razón de no llevar consigo su identificación, sí es posible ser arrestado al negarse a proporcionarla cuando el oficial de policía tiene sospechas razonables de que la persona cometió un crimen.

 

¿La policía me puede multar?

No, la policía no puede multarte directamente a pesar de que existe un sistema para hacerlo. Al menos en LSPD, si el oficial te acusa de una infracción, te presentará una citación (aviso de comparecencia) en el que se enumerarán los cargos y se pedirá que firme el formulario. Firmarlo no es una admisión de culpabilidad, sino una afirmación sobre la intención de ir al tribunal en la fecha indicada. En caso de negarse a firmar, en California, el oficial puede arrestarlo. Una vez en la corte es posible declararse culpable y pagar el monto o apelar el caso frente a un juez.

Todo lo anterior es únicamente interpretado y el DOJ no tiene, de momento, ninguna responsabilidad real.

 

¿Qué hacer si me arrestan?

Di que deseas permanecer en silencio y solicita un abogado de inmediato. No respondas ninguna pregunta ni des explicaciones o excusas. Si no puedes pagar por un abogado, tienes derecho a recibir uno gratis. No digas nada, no firmes nada ni tomes decisiones sin un abogado.

Tienes derecho a realizar una llamada telefónica local. La policía no puede escuchar si llama a un abogado. Pueden escuchar y a menudo escucharán una llamada realizada a cualquier otra persona.
 

¿Qué derechos tengo si me arrestan?

Dentro de California tienes:

  1. Derecho a guardar silencio.
  2. Todo lo que diga puede ser usado en su contra en una corte.
  3. Derecho a la presencia de un abogado; y
  4. Si el acusado no puede costear un abogado, se le asignará uno antes del interrogatorio.


Un arresto no significa necesariamente que la policía tenga que advertir a alguien sobre sus derechos. Las advertencias de Miranda son necesarias para el interrogatorio de custodia. Esto significa que la policía tiene que leer los derechos de Miranda cuando el individuo está:

  1. Bajo custodia policial; y
  2. Será interrogado.

III. CONTENIDO AUDIOVISUAL

Ya que la mayor parte de la discusión gira alrededor de los derechos constitucionales, no es necesario probar los puntos con videos exclusivamente de California, Los Angeles. Básicamente funciona de la misma manera en todo el país, salvo algunas excepciones.


https://youtu.be/XW6MpM0LTI0
https://youtu.be/LZBIzArrK24
https://youtu.be/VaKOUsKY39Q
https://youtu.be/-_2hN4fkD0s
https://youtu.be/2mwSGvStf5M
https://youtu.be/Kzxtx3rF6RE
https://youtu.be/gwYBshAScmE
https://youtu.be/sVx0NpYbtus
https://youtu.be/TEc7jqa9go4

IV. REFERENCIAS

https://www.aclu.org/know-your-rights/stopped-by-police/#ive-been-arrested-by-the-police
https://www.nolo.com/legal-encyclopedia/police-stops-when-pulled-over-30186.html
https://www.naacp.org/wp-content/uploads/2016/04/Racial_Profiling_Know_Your_Rights_Supplement_6-12-12.pdf
https://www.motor1.com/features/432577/police-request-exit-vehicle-break-law/
https://www.defenseadvocates.com/can-police-make-you-get-out-of-your-car/
https://www.greghillassociates.com/u-s-supreme-court-changes-legality-of-a-traffic-stop.html
https://www.southerncaliforniadefenseblog.com/2016/06/along-ride-passengers-need-show-id-traffic-stop.html
https://www.courts.ca.gov/8452.htm
https://www.nolo.com/legal-encyclopedia/what-s-the-difference-between-arrest-detention-stop-frisk.html

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